causahabiente, causahabiencia

CAUSAHABIENTE


Plural: causahabientes


SUSTANTIVO masculino y femenino (Se usa también como adjetivo)


Definición:

Término jurídico que se emplea para referirse a la persona, física o jurídica, sucesora o subrogada en el derecho de otra u otras. 

Aquel que deriva su derecho de otra persona, a la que se llama «causante».

Persona que, por herencia, cesión u otro título, se ha subrogado en el derecho de otra u otras.

Persona, física o jurídica, que sustituye a otra en cualquier derecho.

Persona cuyo derecho se deriva de otro.

Persona que ha sucedido a otra en algún derecho o que se ha subrogado en el derecho de otra.

Persona, fisica o jurídica, sucesora o que se ha subrogado en el derecho de otra.

Persona, física o jurídica, que sustituye a otra en algún derecho.

El causahabiente es la persona física o jurídica sucesora o substituta de otra en un derecho.

Persona que ha sucedido o sustituido a otra en un derecho.

Persona que sustituye a otra en un derecho.

Persona, física o jurídica, que por sucesión, o mediante transmisión, adquiere un derecho de otra persona. 

Quien sustituye o sucede al causante en sus derechos.

Sucesor jurídico que se subroga o sucede al causante en su derecho.

La persona que recibe bienes o derechos como consecuencia de la muerte del causante.

El causahabiente es el sucesor jurídico de derechos que provienen de otra persona.

El sucesor jurídico que se subroga o sucede en su derecho al causante.

El causahabiente es el titular de derechos que provienen de otra persona, un sucesor jurídico que se subroga o sucede en su derecho al causante, por medio de cualquier título válido.

Titular de derechos o bienes provenientes de otras personas.

El sucesor de los derechos de una persona.

Persona que sucede a otra en uno o mas derechos y obligaciones.

Según el Diccionario del Español de México, causahabiente sería el que adquiere ciertas obligaciones jurídicas o fiscales.

Derechohabiente o derechohabiente.

La situación jurídica que se produce cuando una persona sucede o sustituye al causahabiente en sus derechos se denomina causahabiencia.

El ti­tular de derechos que provienen de otra per­sona física o jurídica, a la que se denomina causante.

El causahabiente universal es la persona, física o jurídica, llamada a recoger el conjunto de un patrimonio. 

Sucesor juridico de otra persona que a su vez se llama causante.

El sucesor de derechos derivados de otra persona física o jurídica, denominada causante.

Persona física o jurídica que sucede o sustituye a otra en el derecho o derechos de esta.

El causahabiente es el titular de derechos que provienen de otra persona física o jurídica.

El sucesor del causante.

La persona física o jurídica llamada a sustituir en sus derechos y obligaciones al causante.

El heredero de una herencia.

El causahabiente es la persona física o jurídica que sucede o se subroga por otro título en uno o mas derechos u obligaciones de otra.

El que sucede al causante

Persona física o jurídica que recibe aquello que proviene de otra persona, física o jurídica, denominada causante.

Persona física o jurídica que por sucesión o transmisión adquiere los derechos y obligaciones de otra persona física o jurídica. 

Persona física o jurídica que obtiene un derecho que procede de otra, denominada causante.

Persona a la que se transifiere un derecho o propiedad.


Sinónimos y palabras relacionadas: sucesor, cesionario, derechohabiente, derecho habiente, beneficiario, heredero, legatario


Ejemplos:

Los bienes vendidos con pacto de retroventa ó á carta de gracia, si el comprador ó su causahabiente limita la hipoteca á la cantidad que deba recibir en caso de resolverse la venta, dándose conocimiento del contrato al vendedor (1869, Ley Hipotecaria, España)


No existe dicha falta si lo que se niega al actor es el carácter de heredero ó causahabiente del que le transmitió el derecho que reclama (1881, Ley de Enjuiciamiento Civil, Espña)


El seguro sobre la vida comprenderá todas las combinaciones que puedan hacerse, pactando entregas de primas ó entregas de capital á cambio de disfrute de renta vitalicia ó hasta cierta edad, ó percibo de capitales, al fallecimiento de persona cierta, en favor del asegurado, su causahabiente ó una tercera persona, y cualquiera otra combinación semejante ó análoga (1885, Código de Comercio, España)


No hay identidad de acciones si en un pleito se ejercitó la hipotecaria y en el segundo la reivindicatoria, así como tampoco identidad de personas si el del último pleito no es causahabiente del primero (1889, Código Civil, España)


De la reclamación de salarios hecha por el criado ha de conocer el Juez del domicilio del demandado, mucho más si éste no es el amo, sino su causahabiente.  (1889, Código Civil, España)


no constando en el título originario del usufructo la relevación de fianza (según ahora se supone) ni existiendo tampoco pacto dispensatorio entre D. José y D.ª Ana, al cual haya de atenerse el comprador de la nuda propiedad, como causahabiente de esta última (1900 - 1928, Antonio Maura y Montaner, "Dictámenes. Tomo II. Propiedad, posesión, usufructo y propiedades especiales", España)


Versando el pleito entre la actora que consintió los huecos y aun confiesa haberlos ella misma mandado abrir, y, de otro lado, la heredera causahabiente de la madre, no atraviesa interés de tercero (1900 - 1928, Antonio Maura y Montaner, "Dictámenes. Tomo II. Propiedad, posesión, usufructo y propiedades especiales", España)


A los efectos de la fides pública, no se entenderá por tercero el penitus extraneus, sino únicamente el tercer adquirente; es decir, el causahabiente de un titular registral, por vía onerosa. (1944, Ley de 30 de diciembre de 1944 de reforma de la Ley Hipotecaria, España)


Si en la venta de bienes inmuebles o derechos reales se hubiere estipulado que por falta de pago del precio en el tiempo convenido tenga lugar de pleno derecho la resolución del contrato, será necesario para verificar la nueva inscripción a favor del vendedor o de su causahabiente que se haga constar la notificación judicial o notarial hecha al comprador por el vendedor de quedar resuelta la venta y se acompañe el título del vendedor. (1947, Reglamento Hipotecario, España)


Sólo podrán pedir reducción de las donaciones aquellos que tengan derecho a legítima o a una parte alícuota de la herencia y sus herederos o causahabientes. (Artículo 655 del Código Civil Español)



Palabras enraizadas: causahabiencia


ETIMOLOGÍA 

De causa habiente 'que tiene'



La primera aparición del término en un diccionario la encontramos en el Diccionario de la Lengua Española de José Alemany y Bolufer (1917): CAUSAHABIENTE. (del lat. causa, causa, y habens, habentem, p. a. de habere, tener). m. Persona cuyo derecho se deriva de otro.

También encontramos el término definido en el Diccionario Alfabético, de Julio Casares, (1942): CAUSAHABIENTE. substantivo masculino. Forense. Persona que, por herencia, cesión u otro título, se ha subrogado en el derecho de otra u otras.


El término causahabiencia no se encuentra en el diccionario de la RAE, y vendría a ser la situación jurídica que se produce cuando una persona sucede o sustituye al causante en sus derechos.




Alemán: Rechtsnachfolger

Portugués: sucessor, cessionário

Italiano:  avente causa

francés: ayant cause, successeur

Inglés: successor, assignee (US)

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