cuatrotanto, trestanto

CUATROTANTO


variantes:   cuatro tanto, cuatro-tanto; antiguamente se decía quatro tanto o quatrotanto


SUSTANTIVO


Definición

Cuádruplo, o una cantidad cuadriplicada. 

Cuádruplo.

El cuádruplo.

El cuádruple.

Cuádruple.

Cuádruple o cantidad cuadruplicada. 

Cuatro veces tanto.

Cuatro veces otro tanto.

El cuatrotanto de algo es ese algo cuadriplicado.

El cuatratanto es cuatro veces una cantidad.

Número que contiene cuatro veces a otro.

El cuatrotanto de una cantidad es esa cantidad multiplicada por cuatro.

Cantidad cuatro veces mayor.

Cuatrotanto equivale a "cuatro veces mas".

Algo multiplicado por cuatro.

Un cuatrotanto es cuatro veces mas.

El cuatrotanto de algo es cuatro veces ese algo.

Si tienes cuatrotanto mas, tienes cuatro veces mas.

Pena en que se condena por derecho al que ha causado algún daño, y se le obliga a pagar el valor cuadruplicado. (Antiguamente)


Sínonimos y palabras relacionadas: cuádruplo, cuádruple


palabras enraizadas: cuatro-tanto, cuatro tanto, tres tanto, trestanto, dos tanto


Ejemplos:

Sj el padre o la madre o el uno dellos consintiere o conseiare rrobo de su fija que fuera desposada, peche al esposo quatro tanto daquello quel ouieron a dar en casamjento con ella, & ayanlo el esposo & el esposa por medio. (1196, anónimo, "Fuero de Soria", España)


Item que en esta fossadera los fezeron pagar por forcia e que les fecieron pagar quatro tanto o tres tanto o dos tanto o tanto hic querere de quantitate fossatarie e quid soluebat quilibet de Mansella, commo cada uno de los de Mansiella pagaua en esta fossadera.  (1270, anónimo, "Acta notarial diversa [Documentos de la catedral de León]", España)


e por esto que puso y de ganado e de bestia e non de ál si non d'esto e del omne cuenta maestre Pedro que dio a entender que la pena de tal por tal non es si non de los tuertos fechos en los cuerpos de las cosas vivas solamientre, ca diz que las otras cosas pechávanlas, que las vezes tal por tal, /2/ a las vezes lo que valién por ellas tanto por tanto, o dos o tres, o cuatro tanto más por ello a las vezes, assí como dizen algunos que lo solién fazer en los furtos primeramientre cuando començavan los omnes a furtar, peró que d'otra guisa se faze agora la emienda e la justicia por los furto (1275, Alfonso X, "General Estoria", España)


Et si cayer sobre .vj. dedos; es dos tanto que la uara. & si cayer sobre quatro; es tres tanto. & si cayer sobre tres; es quatro tanto; & si cayer sobre dos; es seys tanto. & si sobre uno. es doze tanto; et si cayer sobre medio. es .xxiiij. tanto. (1277, Rabí Zag, "Libro del astrolabio redondo", España)


Et despues tornate açaga. & cata al logar do cataste ante por los dos forados dell alhidada. & pongamos que cayo sobre tres dedos. & quando partirmos .xij. sobre tres; sera la particion quatro. & diremos que quatro tanto es la longura de la altura de la sierra. (1277, Rabí Zag, "Libro del astrolabio redondo", España)


La ley que es en el titulo de los furtos que comiença ningun ome. en la ley dize que el que robase omnes ujanderos que peche quatro a tanto de lo que robase. esta ley se entiende del que roba en camjno a algun omne que non auja razon njnguna njn manera por que robar le & este atal robador a de pechar esto que robo con quatro tanto. & çiento marauedis de la moneda nueua al rey. (1310, anónimo, "Leyes de estilo", España)


Ley .viijª. SJ el padre o la madre o el uno dellos conseiaren o consintieren rrobo de su fija que fuere desposada: pechen al esposo quatro tanto daquello que ouieren a dar en casamjento con ella.  (1313, anónimo, "Fuero Briviesca)", España)


El furto escondido deve ser condenado en juizio doblado; si es manifiesto en quatro tanto. (1325, Pedro de Cuéllar, "Catecismo)", España)


Todos aquellos que venieren alas asonadas ofezieren asonadas, los que salieren de sus casas veniendo por el camino fasta que lleguen aaquel logar en cuya ayuda venieren, odesque del se partieren e tornandose para sus casas alguna malfetria fezieren, quela pechen los quela fezieren olos sus bienes con quatro tanto al Rey.  (1348, anónimo, "Ordenamiento de las cortes celebradas en Alcalá de Henares", España)


Ningun fidalgo non deue tomar conducho enlo del Rey nin enlo del abadengo que deue guardar el Rey; et el quelo tomare peche lo con quatro tanto. (1348, anónimo, "Ordenamiento de las cortes celebradas en Alcalá de Henares", España)


Et renunçiamos a la llee que desffaz el contracto fecho por enganno de más del medio del derecho preçio, & de más de dos tanto, o de tres tanto, o quatro tanto.  (1352, anónimo, "Carta de permuta [Colección Diplomática de León]", España)


e esto asi ordenado por nos, que el que non touiese tantos omes commo montaua el sueldo que de nos lleuase, quelo tornase e pechase con quatro tanto segund que era derecho, et demas que fincase en nos el poderio para le dar pena la quela nuestra merçed fuese. (1371, anónimo, "Ordenamientos de las Cortes de Toro", España)


Et qual quier destos sobre dichos sy mas leuare, que por la primera vez quele pague quatro tanto, et por la segunda vez que yaga sesenta dias enla cadena, et por la terçera vez que pierda el ofiçio.  (1371, anónimo, "Ordenamientos de las Cortes de Toro", España)


e los que mayores quantias tomaren quelo paguen con quatro tanto al querelloso e conlas costas que sobre esto fiziere por la primera vegada, e por la segunda quelo pague conlas setenas, e por la tercera quelo echen dela corte.  (1371, anónimo, "Ordenamientos de las Cortes de Toro", España)


E qual quier quelo feziere, si le ffuer prouado segund derecho, que pague a nos o al nuestro rrecabdador todo el danno que por ello veniere enlas nuestras rrentas e pechos e derechos con el quatro tanto, e deste quatro tanto que sean tres partes para nos e la quarta parte para el acusador. (1385, anónimo, "Cuaderno de leyes de las cortes de Valladolid", España)


e pasado el dicho terçero dia, si la dicha tela fuere fallada syn el dicho sello, que sea avida por vendida e pague su dueño el alcavala dello en el quatro tanto, segun que el vendedor es tenudo quando alguna cosa vende e lo non faze saber al arrendador al plazo en este mi quaderno contenido; (1413, anónimo, "Cuaderno de condiciones para el cobro de la alcabala sobre paños y otros efectos, ordenado por Juan ...", España)


Otrosi tengo por bien que de noche que non puedan vender ningunos paños nin otras mercadorias syn estar a ello presente el arrendador o cojedor del alcavala, e que los que lo fizieren que cayan en la pena del quatro tanto e quel alcalle sea tenudo de lo jutgar asi, e si non lo judgare asi, que caya en la dicha pena.  (1413, anónimo, "Cuaderno de condiciones para el cobro de la alcabala sobre paños y otros efectos, ordenado por Juan ...", España)


e agora que de çinco años a esta parte poco más o menos tienpo que Diego Gonçález del Aguila que guarda e faze guardar una heria que tiene en el dicho término çerca de los rregajales e prenda en ella e que ha fecho más daño prendando a los vezinos de la comarca que quatro tanto de lo que vale la dicha heria; e que esto es lo que vio e sabe del fecho para la jura que fizo..  (1414, anónimo, " Proceso judicial entablado por la ciudad de Avila y los pueblos de su tierra", España)


Desde la Luna hasta la Tierra ay veynte y quatro tanto y medio e vna parte de doze como la Tierra a de espeso.  (1430, anónimo, "Floresta de philósophos", España)


Pero quando ellas esto rrebuelven, adoban e guardan, asý están ençendidas que les paresçe estar en gloria, con deseo de mucho más: que aún non están fartas nin contentas aunque toviesen quatro tanto más.  (1438, Alfonso Martínez de Toledo, "Arcipreste de Talavera", España)


Entre los benefiçios de los amigos el mayor et sennal de mayor amor es acorrer ante que el amigo aya verguenna, ca a coraçon non generoso nin de amigo es al amigo al qual sabemos estar aflicto et que es necçessario que con verguenna nos ruegue non acorrer, ante con ayuda graçiosa, et en esta manera el benefiçio que le fizieremos sera mas de quatro tanto que si el rogando le acorriessemos.   (1440 - 1455, El Tostado [Alonso Fernández de Madrigal], "Libro de amor e amicicia", España)


Ay diversos pescados de grandeza desigual, tamaños e mayores que ballenas; quatrotanto ay tartugos que han grandes escudos que ballesta ni otra arma no les puede falsar; fazen sus abitaçiones en cuebas e choças cobiertas de tierra mesquinamente. (1471 - 1476, Lope García de Salazar, "Istoria de las bienandanzas e fortunas", España)


Furtum es maneamiento de la cosa agena a escuso. E es así llamado a furbo, que es 'cosa fosca' porque se faze en escuro. E furto entre los Griegos era pecado, porque cortavan la cabeça antes que viniese la pena del quadruplo, esto es, de quatro tanto. (1450, anónimo, "Las Etimologías romanceadas de San Isidoro", España)


así como las excomuniones y suspensiones e irregularidad en el derecho canónico y las muertes de diversas maneras y las penas de setenas y de cuatro tanto, y otras semejantes en el derecho civil; (1487, Fray Hernando de Talavera, "Católica impugnación del herético libelo maldito y descomulgado", España)


Otrosy, por quanto en esta villa se vende el papel muy caro e vale la mano a syete maravedis o a ocho quando mucho, mando que en esta villa se venda por pliego a blanca, e por mano a diez maravedis e no mas, so pena de lo pagar con el quatrotanto e que se persone.  (1508 - 1519, anónimo, "Libro de visitas del corregidor [Colección documental del archivo municipal de Lequeitio]", España)


Dicho tengo que los indios tienen los cascos de la cabeza gruesos, y he mirado en ello muchas veces, y es así verdad, que es cuatro tanto grueso el casco de un indio que el de un cristiano (1535 - 1557, Gonzalo Fernández de Oviedo, "Historia general y natural de las Indias", España)


que no se libren ni puedan librar de aquí adelante á Corregidor ni á otro Juez alguno, de cualquier cualidad que sea, su salario ni parte alguna de él, ni para ayuda de costa en las penas que los mismos jueces condenaren y aplicarená la Cámara y Fisco de Su Majestad, porque por cobrarlo no se presuma de ellos que condenaran injustamente, y que los Jueces que recibieren tales libramientos y los cobraren que lo vuelvan con el cuatro tanto para la Cámara y Fisco Real, y queden inhábiles de tener oficios públicos.  (1550, Alonso de Santa Cruz, "Crónica del Emperador Carlos V", España)


Quiero decir, que si midiese en cuadra con una cuerda de ciertos estadales de largo una hanega de sembradura, digo, que en el cuadrado que se cercare en el doblo de esta primera cuerda, se podrá sembrar cuatrotanto trigo que en el primero, como lo muestra Quintiliano.  (1562, Juan Pérez de Moya, "Diálogos de aritmética práctica y especulativa", España)


Y mirad cuánto atáis, y tomad después otro hilo largo al doblo que el primero, y hallaréis, que si en el primer hilo cupieron diez espárragos, en este otro que es el doble, cabrán cuarenta, que es el cuatro tanto que el primero como lo podréis experimentar.  (1562 , Juan Pérez de Moya, "Diálogos de aritmética práctica y especulativa", España)


Y por cuanto, entre otras cosas que han parecido perjudiciales a los naturales y que más les ha movido a pleitos e diferencias y por que más injustamente les han llevado sus dineros jueces y escribanos ha sido dándoles los mandamientos de amparo de lo que poseen, los cuales pleitos quedan atajados con la visita general en cuanto ha sido posible, ordeno y mando que de aquí adelante el Corregidor ni alcaldes ordinarios ni otra justicia mayor ni menor no den los dichos mandamientos de amparo, so pena de cien pesos por cada uno que dieren y el escribano la mitad y que sea condenado en el cuatro tanto de los derechos que llevare por la dicha razón.   (1574, anónimo, "Ordenanzas para las minas de plata de Potosí y Porco [Disposiciones gubernativas para el virreinato ...", Perú)


Item estatuimos, que el secretario tenga los derechos en cada cátedra que un consiliario, y por cédulas, y rúbricas de ellas se le dé otro tanto, y no pueda llevar otra cosa, aunque se la den los opositores, so pena de volverlo con el cuatro tanto aplicado al hospital del estudio y al bedel se le den por la posesión de cada cátedra cuatro reales y a cada uno de los porteros que guardan las puertas al tiempo que se proveen las cátedras se le den por cada una seis reales, y por el papel se le den más al secretario doce reales, que por todo lo que ha de haber son veintiocho reales.  (1594, anónimo, "Estatutos hechos por la muy insigne Universidad de Salamanca ", España)


Item, que si tomaren a estudiante vestido o otras cosas de las prohibidas no se le tornen a rescatar, ni a otro por él so pena del cuatro tanto.  (1594, anónimo, "Estatutos hechos por la muy insigne Universidad de Salamanca ", España)


Item estatuimos, que los escribanos de la audiencia del maestrescuela no puedan recibir ni reciban dineros algunos de las partes sin declarar por qué autos los reciben, ni puedan recibir dineros a cuenta de los derechos que les podrían pertenecer, sin declararlo, como dicho es, y asentarlo en el proceso, e dar cartas de pago a las partes, so pena de volverlo con el cuatro tanto para el dicho hospital.  (1594, anónimo, "Estatutos hechos por la muy insigne Universidad de Salamanca ", España)


Item, porque muchas veces los notarios de la audiencia han cobrado veinte o veinticuatro reales de las causas criminales, en que entra la condenación, derecho de juez de fiscal, alguacil, carcelaje, procurador y los otros derechos que a ellos les pertenecen, de que se han visto muchos inconvenientes: ordenamos que los dichos notarios no puedan recibir más de lo que les toca de sus derechos, aunque sea so color de darlo al depositario, o al maestrescuela, hospital, procurador, fiscal, alguacil, o otras personas, so pena de pagarlo con el cuatro tanto, aplicado al dicho hospital.  (1594, anónimo, "Estatutos hechos por la muy insigne Universidad de Salamanca ", España)


"Nuestros antepassados establecieron por sus leyes que el ladrón fuesse condenado en el doblo, y el mohatrero en el quatrotanto; de lo qual -dize- entenderéis quán peor ciudadano es el mohatrero que el ladrón". (1600, Gaspar Gutiérrez de los Ríos, "Noticia general para la estimación de las artes", España)


Los germanos y indios nunca conocieron usura ni crédito de dinero y muchas naciones la aborrecieron tanto que, castigando al ladrón en el doblo, penavan al usurero en el quatro tanto (1600, Luis Valle de la Cerda, "Desempeño del patrimonio de Su Magestad y de los reinos, sin daño del Rey y vasallos, y con descanso ...", España)


Y si por daros solamente a la contemplación de los misterios de la Cruz defraudastes a alguno, volved a los prójimos el cuatro tanto por la vida activa juntamente con la contemplativa, derramando (si necesario fuere) vuestra propia sangre por el nombre de Cristo y por la salvación de las almas: lo cual pesa el cuatro tanto de sola la contemplación.  (1604, Fray Jerónimo Mendieta, "Historia eclesiástica indiana", Cuba)


E que los jueces que recibieren tales libramientos y lo cobraren, que lo vuelvan con el cuatrotanto para la cámara e fisco real, e que queden inhábiles de tener oficios públicos. (1604 - 1618), Fray Prudencio de Sandoval, "Historia de la vida y hechos del Emperador Carlos V", España)


Estuvieron todos mui atentos a la oraçión, que tenía quatro tanto de lo que aquí señalé que se me acordava, porque tenía pasante de çiento y veinte versos.  (1606 - 1611, Juan Méndez Nieto, "Discursos medicinales", España)


En España por lo menos alguna forma hay de tributo, pues en las ciudades y lugares, el padre de las malas mujeres arrienda aquella infame casa por tres tanto ó cuatro tanto mas de lo que vale y se alquilaria para vivienda comun  (1609, Juan de Mariana, "Tratado contra los juegos públicos", España)


"Micos hay innumerables por todas esas montañas de islas y tierra firme y Andes. Son de la casta de monas, pero diferentes en tener cola y muy larga y haber entre ellas algunos linajes de tres tanto y cuatro tanto más cuerpo que monas ordinarias (1609, Inca Garcilaso, Garcilaso de la Vega, el Inca, "Comentarios Reales de los Incas", Perú)


"Vive Dios, dijo, que merece la muerte ese tirano de la hacienda ajena, y que por lo menos debe restituir al pobre el cuatro tanto de la perdida prenda." (1612, Lope de Vega Carpio, "Pastores de Belén, prosas y versos divinos", España)


Si acaso enviudares, cosa que puede suceder, y con el cargo mejorares de consorte, no la tomes tal que te sirva de anzuelo y de caña de pescar, y del "no quiero de tu capilla", porque en verdad te digo que de todo aquello que la mujer del juez recibiere ha de dar cuenta el marido en la residencia universal, donde pagará con el cuatro tanto en la muerte las partidas de que no se hubiere hecho cargo en la vida. (1615, Miguel de Cervantes Saavedra, "Segunda parte del ingenioso caballero don Quijote de la Mancha", España)


Y mandamos, que assi se guarde, y cumpla, so pena, que qualquier persona, de qualquier estado, calidad, y condicion que sea, que recibiere por el trueco de la dicha reduccion mas cantidad que los dichos diez por ciento, incurra por la primera vez, en perdimiento de la suerte principal, con el quatrotanto, aplicado por tercias partes, Camara, juez, y denunciador: (1625, anónimo, "Prematica en que su magestad manda, que por el tiempo que fuere su voluntad, el premio de la reducci", España)


Si lo pequé, ya lo pagué con el cuatro tanto, pues no hay mayor tormento como el haber tenido algun bien y despues verse en extrema necesidad, como ciego que perdió la vista estando con buenos ojos sin memoria de nube ó catarata (1624, Jerónimo Alcalá Yáñez, "El donado hablador Alonso, mozo de muchos amos.", España)


Mirad, hijo mio, que si prestáredes dineros, sea sobre prendas que valgan el cuatro tanto; no sobre ropa, sino plata, oro ó cobre; y si á vuestra heredad hubiéredes de traer obreros que cultiven así las tierras como las viñas, no los escojais ni admitais viejos, sino gente moza que pueda trabajar (1626, Jerónimo Alcalá Yáñez, "El donado hablador Alonso, mozo de muchos amos. Segunda parte", España)


Lo qual guarden, y cumplan los dichos Curas en virtud de santa obediencia, y sopena de que bolveràn con el quatro tanto, lo que assi llevasen; y rogamos, y encargamos à los Prelados, y Superiores de las Religiones, manden, se guarde, y cumpla por sus Subditos Doctrinales en esta Constitucion. (1636 - 1637, anónimo, "Constituciones sinodiales del Arzobispado de los Reyes en el Perú, 1636", Perú)


los Procuradores que hizieren colusion con las partes contrarias expressa, ò ocultamente, directe, vel indirecte, incurran ipso facto en Excomunion mayor latae sententiae, y en pena de priuacion de sus oficios, y de pagar el quatrotanto del daño que recibiere la parte, y de infamia, y otras penas puestas por derecho, que se innouan en este caso, siendo necessario. (1640, anónimo, "Ordenanzas y aranzel del tribunal de la Nunciatura de su Santidad destos Reynos de España, fechas, y ...", España)


Que no puedan lleuar mas de quatrocientos marauedis de salario por cada dia, y mas los derechos de escritura, conforme lleuan los Recetores del Consejo, y que no puedan lleuar otra cosa alguna, so pena del quatrotanto, aplicado en la forma que se dixo en el Capitulo de los juezes de Comision (1640, anónimo, "Ordenanzas y aranzel del tribunal de la Nunciatura de su Santidad destos Reynos de España, fechas, y ...", España)


 Y en quanto á este punto de no traer dinero, hallo estár más generalmente dispuesto por dos cédulas de 22. de Junio de 1597. y 10. de Junio de 1628. Que los Religiosos que vinieren de las Indias no traigan más dinero del que huvieren menester, y este le manifiesten; y la persona que de ellos le recibiere en confianza, le pierda con el quatro tanto. (1648, Juan de Solórzano y Pereira, "Política indiana", España)


Por tanto mandamos que ningun juez, ni oficial de nuestras Audiencias reciba dádibas, ni presentes en manera alguna directé, ni indirecté (á lo menos de los que litigan, ó esperan litigar) por sí, ni por interpósita persona, pena del quatrotanto, y que procederemos á mayores penas, segun la qualidad de la culpa. (1645, anónimo, "Sínodo de San Juan de Puerto Rico de 1645, hecho por Damián López de Haro", Puerto Rico)


De lo que escribieren en Latin llevan los derechos que tasare el Vicario, ó Juez, y no mas, sopena de volverlo con el quatrotanto para nuestra Cámara. (1645, anónimo, "Sínodo de San Juan de Puerto Rico de 1645, hecho por Damián López de Haro", Puerto Rico)


mandamos que el dicho Fiscal, ni otros Ministros lleven pena alguna, ni costas, ni derechos sin ser primero sentenciada por el juez, y el que lo contrario hiciere vuelva lo que hubiere llevado con el quatrotanto por la primera vez, y por la segunda pierda el oficio, y dicho Fiscal tenga libro en que asiente todas las causas criminales, y los otros negocios que fueran á su cargo, y los que se han sentenciado, y á quien se han aplicado las condenaciones, para que pueda dar quenta de todas las causas, y asista por el interes de la jurisdiccion, aunque haya parte acusante, porque se escusen colusiones. (1645, anónimo, "Sínodo de San Juan de Puerto Rico de 1645, hecho por Damián López de Haro", Puerto Rico)


Y la cuenta de las tales cédulas de pan y vino, que se tomare, se haga en fin de cada mes y si el rector no lo mandare así hacer, pague dos reales por cada vez para que las dichas cédulas de pan se paguen en fin del año, y del vino cuando el rector mandare, y, después que el vino sea tomado y contado a la casa, no se dé a ninguno de fuera de ella, so pena del doblo que fuere el vino que se diere. Y el llavero que lo diere, del cuatro tanto. (1660, anónimo, "Estatutos y ceremonias del Colegio de Santa Cruz de Cañizares de la Universidad de Salamanca", España)


Todos los cuales aranceles guarden y cumplan, así los curas beneficiados, como provisores, jueces eclesiásticos; visitadores, sacristanes y demas ministros eclesiásticos, pena de restitucion y el cuatro tanto lo contrario haciendo, y so las demas penas que á nos y á nuestros sucesores pareciere.  (1684, anónimo, "Sínodo de Santiago de Cuba", Cuba)


Prohibimos á nuestros Curas Doctrineros el tener tratos con los dichos indios, y el que les hagan sacar cocuiza; ó les ocupen en otras cosas de trabajo, como en hacer petacas, enjalmas, ternos de petaquitas, esteras y hamacas: el hacer tejidos, hilar y otras que llaman grangerías é inteligencias, en cualquiera manera, pena de perdimiento del valor de ellas, y el cuatrotanto aplicado por tercias partes al denunciador, á la Santa Cruzada y á la Iglesia propia del pueblo. (1687, anónimo, "Constituciones sinodales de Venezuela hechas por don Diego de Baños y Sotomayor", Venezuela)


Y á los Curas que á esto contravinieren, desde luego los condenamos en el cuatrotanto de lo que percibieren, á favor de dichos indios. (1687, anónimo, "Constituciones sinodales de Venezuela hechas por don Diego de Baños y Sotomayor", Venezuela)


Por la ley 34, libro 9º, título 33, tomo 4º de la Recopilación de Indias está mandado que ninguno registre oro, plata, perlas y las demás cosas que se deben registrar siendo ageno, por suyo, ni en nombre de otro tercero, sino de aquel mismo que se le encomendó y cuyo fuere, pena de pagarlo con el cuatro tanto de sus bienes y más sea habido por robador público y como tal procedan contra él el Presidente y jueces de la Casa de Sevilla y otras nuestras justicias (1729, anónimo, "A los oficiales reales de Cartagena para que observen lo prevenido en las leyes en cuanto al modo y ...", España)


La providencia tomada sobre el repartimiento de corregidores, en conformidad de lo mandado en los reales despachos de 15 y 23 de junio de 1751, tuvo la real aprobación en cédula de 5 de junio de 1756, ordenando su majestad se observe puntualmente, y que se les haga cargo particular, en sus residencias, de cualquier contravención, aplicándose a los delincuentes, además de la pena del cuatro tanto, que se había establecido, aquellas que se considerasen proporcionadas a las circunstancias de la contravención. (1756 - 1761, Conde de Superunda, "Adición a la instrucción... para entregar al que me sucediese", Perú)


y que éstos, enterados de los géneros que se necesitan en los corregimientos, sus precios y consumos, dispongan el correspondiente arancel, y que se entregue al corregidor para su puntual observancia, fijándose en las puertas o casas donde asista durante el tiempo de su empleo, con la pena, al que excediese, de privación de oficio y del cuatro tanto. (1756 - 1761, Conde de Superunda, "Adición a la instrucción... para entregar al que me sucediese", Perú)


Por unas acciones se pide el tanto; por otras, el duplo o otro tanto; por otras, el triplo o tres tanto; por otras, el quádruplo o quatro tanto (1768, Gregorio Mayans y Siscar, "Idea de un diccionario universal de Jurisprudencia", España)


Las pruebas de esta verdad se hallan en las leyes del título III, libro VIII del Fuero juzgo, y señaladamente en la 7.ª, que castiga con el cuatro tanto al que quebrantase el cercado ajeno, si en la heredad no hubiere fruto pendiente, y si le hubiere, con la pena de un tremis (que era la tercera parte de un sueldo) por cada estaca que quebrantase, y además en el resarcimiento del daño (1794, Gaspar Melchor de Jovellanos, "Informe de la Sociedad Económica de Madrid al Real y Supremo Consejo de Castilla en el expediente de ...", España)


Considerando que además de hombres necesitaba dinero para sostener la campaña contra el enemigo, conminó con la responsabilidad del cuatro tanto a los concejos y personas de cualquiera ley o estado que dijesen, hiciesen o aconsejasen algo por lo cual las rentas derechos del Rey valiesen menos; (1883 - 1884, Manuel Colmeiro, "Introducción a las cortes de los antiguos reinos de León y Castilla", España)


La producción y distribución de los frutos naturales fueron las necesidades generalmente sentidas por los pueblos de Europa y esa conciencia universal creó la maravilla de la técnica que hizo subir como por milagro la población europea de 190 a 420 millones en setenta y cinco años, creó las formidables riquezas que hoy hacen instable el equilibrio social y subió las comodidables del obrero hasta un cuatrotanto. (1938, Baldomero Sanín Cano, "Vázquez y el seiscientos en Santafé", Colombia)

Fuente: CORPUS RAE



palabras enraizadas: cuatro-tanto, cuatro tanto, tres tanto, trestanto, dos tanto, otro tanto


ETIMOLOGÍA 

De "cuatro" y "tanto"



Universal vocabulario en latin y en romance (1490), del cronista Alfonso de Palencia:  

Quadruplo quadruplas. quadruplor quadruplaris antigua mente vna mesma cosa significaua quando algo cresçia enel quatrodoble: quando el menor de dos numeros se cuento quatro veces enel mayor: como se ha quatro a vno.


Lexicon hoc est Dictionarium ex sermone latino in hispaniensem (1492) de Elio Antonio de Nebrija.

Quadruplus, a, um, pen. cor. Cosa de quatro tantos.


Vocabulario romance-latín  ¿1492? ¿Alfonso de Palencia? (Manuscrito anónimo de la Real Biblioteca de San Lorenzo del Escorial): no contiene el término


Vocabulario español-latino de Elio Antonio de Nebrija, de 1495. 

Cuatro tanto. quadruplus. a. um.

Proporcion de tanto y medio. sesquialtera

Proporcion del tres tanto. tripla

Proporcion del cuatro tanto. tripla.

tres tanto. triplex. triplus. a . um.

tres mil tanto. tricies centuplus. a. um


Vocabulario de las dos lenguas toscana y castellana (1570), de Cristobal de las Casas: no contiene el término.


Bibliothecae Hispanicae pars altera. Containing a dictionarie in spanish, english and latine, de Richard Percyvall, (1591):  no contiene el término


Diccionario muy copioso de la lengua Española y  Françesa  (1604), de Ioan Palet: no contiene el término.


Tesoro de la Lengua Castellana, de 1611, de Sebastian de Covarrubias Orozco.

QUATROTANTO, es pena en los derechos, en que condena en el quatro tanto del daño, que se ha hecho.


Diccionario Nuevo Español y Ingles, y Ingles y español, 1706, Captain John Stevens: con contiene el término.


Diccionario Castellano y Portuguez (1721), de Raphael Bluteau: no contiene el término 


Diccionario de Autoridades, de 1726-1739:

QUATROTANTO. s. m. Pena en que se condena por derecho al que ha cometido algún daño, y se le obliga a pagar el valor quadruplicado. Latín. Quadruplum. RECOP. lib. 6. tit. 16. l. 3. Que por la primera vez pierda las aves con el quatrotanto, y por la segunda otro tanto.


Diccionario castellano de P. Esteban de Terreros y Pando, (1786-1793).

CUATRO-TANTO, cuadriplicádo. Fr. Quádruple. Lat. Quádruplum. It. Quadruplo, V. Lope Vega Carpio, Pastores de Belén, lib. I.


Diccionario de la Lengua Castellana (1825), de Melchor Manuel Núñez de Taboada: 

CUATROTANTO, s. m. El cuádruplo, ó una cantidad cuadruplicada.


Diccionario de la lengua castellana, por la Academia española, 1832 (séptima edición).

CUATROTANTO. m. El cuadruplo ó una cantidad cuadruplicada. Quadruplum.


Nuevo Diccionario de la Lengua Española, de 1847 de D. Vicente Salvá.

CUATROTANTO. m. El cuádruplo ó una cantidad cuadruplicada. Quadruplum.


Diccionario nacional, o Gran Diccionario Clásico de la Lengua Española, de Ramón Joaquín Domínguez (1847).

Cuatrotanto, s. m. V. Cuádruplo.

Cuadruplo, pla. adj. Lo que es cuatro veces mayor que el simple. (Acad.)  Generalmente se dice que una cantidad multiplicada por tres, cuatro, cinco etc. es tres, cuatro, cinco etc. veces mayor de lo que era; aunque no es así, como lo prueba este ejemplo: Si se trata de comparar la edad de un jóven de 13 años con la de una persona de 60, aunque aquí está cuadruplicada la edad de aquel, solo hay de difcrencia 45 años, y como 45 contiene tres veces el número 15, resulta que solo es tres veces mayor de edad que el jóven de 15, aunque contiene cuatro veces este número. Dé lo dicho se infiere que una cantidad cuádrupla de otra no es mas que tres veces mayor que esta, asi como el duplo es una vez mayor, el triple dos, el quíntuplo cuatro etc. y que por consiguiente la Academia comete un desalmo en la preinserta definición. || s. m. Número proporcional que espresa estar tomada cuatro veces una misma cantidad, ó ser tres veces mayor.

Trestanto, V. Triplo. || adv. de mod. Tres veces tanto.


Diccionario de la lengua castellana con las correspondencias catalana y latina, de Pedro Labernia y Esteller, 1844-1848. 

CUATROTANTO. m. El cuádruplo, ó una cantidad cuadruplicada. Quatretant, quadruplo. Quadruplum.


Diccionario general de la lengua castellana, de José Caballero (1849). 

CUATROTANTO, s. m. Cuádruplo.


Diccionario Enciclopédico de la Lengua Castellana, de Elías Zerolo (1870). 

CUATROTANTO. m. Cuádruplo, ó una cantidad cuadriplicada.  «Que por la primera vez pierda las aves con el cuatrotanto, y la segunda otro tanto. » (Recop)

TRESTANTO. m. 1. Cantidad triplicada. -2. adv. m. Tres veces tanto.


Diccionario de la lengua castellana con la correspondencia catalana, Delfín Donadíu y Puignau (1890)

CUATROTANTO. m. Cuádruplo,  ó una cantidad cuadriplicada. Quatretant, quádruple.


Diccionario de la Real Academia de la lengua española, 1914 (14ªEdición).

Cuatrotanto. (De cuatro y tanto.) m. Cuádruplo, o una cantidad cuadriplicada.

Trestanto. adv. m. Tres veces tanto. || m. Cantidad triplicada


Diccionario de la Lengua Española de José Alemany y Bolufer (1917).

CUATROTANTO. (de cuatro y tanto). m. Cuádruplo, o una cantidad cuadriplicada.





Inglés: quadruple

Francés: quadruple

Alemán: quadruplo

Portugués: quadruplo

Italiano: quadruplo

Comentarios

Palabras mas vistas en la última semana